Expedir licencias, permisos y autorizaciones propias de su competencia. Celebrar convenios con las dependencias federales, estatales y con otros ayuntamientos para la realización de obras o la prestación de servicios públicos. Aprobar los planes y programas de desarrollo urbano municipal.
alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas. parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.
Gobierno municipal Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales son elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley.
El Alcalde Presidente de la Corporación ostenta las siguientes atribuciones: a) Dirigir el gobierno y la administración municipal.
Son típicamente órganos de administración local —«administración municipal» o «administración comunal»—, los ayuntamientos o municipalidades, pues despliegan sus competencias sobre un territorio denominado municipio o comuna.
m. Corporación integrada por el alcalde y concejales de un municipio para su administración.
¿Qué es un ayuntamiento? Un Ayuntamiento está compuesto por el alcalde y los concejales, que son las personas encargadas de dirigir y gobernar todos sus servicios municipales. A parte de ser un órgano de gobierno municipal, el ayuntamiento también es llamado al edificio en el cual trabajan el alcalde y los concejales.
Las sociedades mercantiles municipales (SMM), al pertenecer todo su capital a un Ayuntamiento, tienen el carácter de sociedad instrumental, y son reconocidas por la normativa local, en lo cual incidiremos más adelante, como una forma de gestión directa de los servicios públicos6.
Todos los municipios deberán contar con los siguientes órganos: Alcalde. Tenientes de alcalde. Pleno. Comisión Especial de Cuentas.
El Reglamento Orgánico del Pleno estructura la organización del Pleno en torno a tres órganos: el Presidente, como órgano de dirección; la Secretaría General, con funciones de asistencia, apoyo y asesoramiento; y la Junta de Portavoces, con carácter de órgano deliberante y consultivo.
El Alcalde Municipal es la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Municipal.
Las Entidades locales constituyen la Administración local, que es la más cercana y con mayor nivel de interacción con los ciudadanos y está formada necesariamente por los Municipios, las Provincias y las Islas.
En caso de una falta absoluta de un alcalde, son los ciudadanos quienes deben elegir al nuevo alcalde, siempre y cuando el período faltante a partir de la vacancia absoluta, sea de más de 18 meses de la terminación del período. En caso que el término sea inferior, el alcalde podrá ser designado por el Gobernador.
En México, el término es utilizado coloquialmente como presidente municipal (sinónimo de alcalde), que es un funcionario público electo cada tres años para presidir un ayuntamiento, también llamado cabildo.
Por lo que se refiere al Alcalde, constituye el principal órgano de dirección de la política, el gobierno y la administración municipal, ostentando, junto a las funciones simbólicas, tales como la máxima representación del municipio, aquellas atribuciones ejecutivas necesarias para el desarrollo de tal función.
En realidad, la administración pública es la encargada de gestionar los recursos de un país y ejecutar planes de desarrollo. Por lo general, está conformada por todos los organismos públicos encargados de gestionar la economía, educación, cultura, y otros servicios.
Los administradores locales son el nexo entre los usuarios de su repartición y la administración central del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). Son quienes administran los usuarios y sectores internos de la repartición.
La Administración Pública cuenta con la función principal de gestionar los esfuerzos estatales o de la variedad institucional y empresarial que conforman el Estado, siempre buscando asegurar el cumplimiento de: Satisfacer las necesidades mínimas de interés público con las que cuentan los ciudadanos.
El H. Ayuntamiento tendrá el tratamiento de Honorable en todos los oficios y/o cursos que se le dirijan, y de Ciudadano Regidor a sus miembros, de parte de las personas que en su seno hagan uso de la palabra. Ningún regidor tendrá tratamiento especial alguno.
Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y de la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente.
La cifra más aproximada es de 47.575.420.
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