La autoridad ejecutiva máxima del municipio es el intendente, mientras que las funciones legislativas recaen en el Concejo Deliberante (integrado por concejales).
El gobierno y la administración de los municipios (salvo que funcionen en régimen de concejo abierto) corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales, cuyo número es variable en función de la población.
El Alcalde Presidente de la Corporación ostenta las siguientes atribuciones: a) Dirigir el gobierno y la administración municipal.
Según el artículo 21 de la LRBRL, el alcalde es el presidente de la Corporación. Ostenta las siguientes atribuciones: Dirigir la Junta de Gobierno Local, así como toda la administración municipal. Representar al Ayuntamiento.
¿Qué es un ayuntamiento? Un Ayuntamiento está compuesto por el alcalde y los concejales, que son las personas encargadas de dirigir y gobernar todos sus servicios municipales. A parte de ser un órgano de gobierno municipal, el ayuntamiento también es llamado al edificio en el cual trabajan el alcalde y los concejales.
El Reglamento Orgánico del Pleno estructura la organización del Pleno en torno a tres órganos: el Presidente, como órgano de dirección; la Secretaría General, con funciones de asistencia, apoyo y asesoramiento; y la Junta de Portavoces, con carácter de órgano deliberante y consultivo.
El titular de la Secretaría General del Pleno tiene carácter de órgano directivo y su nombramiento corresponde al Presidente.
Retribuciones del Alcalde y Concejales 2019 Cargo Grupo Ret. Bruta anual Teniente de Alcalde Grupo Municipal Partido Popular 65.700 € Teniente de Alcalde Grupo Municipal Partido Popular 65.700 € Concejal Grupo Municipal Partido Popular 58.784 € Concejal Grupo Municipal Partido Popular 58.784 € 22 filas más
En el sistema político-administrativo español, un teniente de alcalde o vicealcalde es un concejal de un ayuntamiento al que elige el alcalde del mismo, en uso de las facultades que le atribuye la ley, es miembro de la Junta de Gobierno con voz y voto.
En México, el término es utilizado coloquialmente como presidente municipal (sinónimo de alcalde), que es un funcionario público electo cada tres años para presidir un ayuntamiento, también llamado cabildo.
En caso de una falta absoluta de un alcalde, son los ciudadanos quienes deben elegir al nuevo alcalde, siempre y cuando el período faltante a partir de la vacancia absoluta, sea de más de 18 meses de la terminación del período. En caso que el término sea inferior, el alcalde podrá ser designado por el Gobernador.
Por lo que se refiere al Alcalde, constituye el principal órgano de dirección de la política, el gobierno y la administración municipal, ostentando, junto a las funciones simbólicas, tales como la máxima representación del municipio, aquellas atribuciones ejecutivas necesarias para el desarrollo de tal función.
1. Los concejales tienen el tratamiento de ilustrísima.
¿Cuáles son las principales funciones del Concejo Municipal? El Concejo debe normar, resolver, y fiscalizar. Normar: a requerimiento del alcalde, el Concejo debe dar su acuerdo para: Dictar las ordenanzas municipales y el reglamento que establecen la organización interna del municipio.
La cifra más aproximada es de 47.575.420.
El H. Ayuntamiento tendrá el tratamiento de Honorable en todos los oficios y/o cursos que se le dirijan, y de Ciudadano Regidor a sus miembros, de parte de las personas que en su seno hagan uso de la palabra. Ningún regidor tendrá tratamiento especial alguno.
El Ayuntamiento, como órgano de gobierno del municipio, está compuesto por concejales, que son elegidos por los vecinos mediante sufragio universal, directo y secreto cada cuatro años. A su vez, los concejales, son los encargados de la elección del alcalde que es considerado el máximo representante municipal.
Todos los municipios deberán contar con los siguientes órganos: Alcalde. Tenientes de alcalde. Pleno. Comisión Especial de Cuentas.
2. El Alcalde podrá nombrar y cesar libremente Tenientes de Alcalde de entre los miembros de la Asamblea, hasta un máximo de cuatro.
Asistir a las sesiones del Ayuntamiento y levantar acta de las mismas. Elaborar y firmar los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento. Coordinar y supervisar el trabajo de las diferentes áreas del gobierno municipal. Administrar los recursos humanos y financieros del Ayuntamiento.
- En su defecto, puede ser un funcionario de la Corporación quien accidentalmente ejerza las funciones de Tesorero, debiendo tener la preparación técnica adecuada y, siempre que sea posible, pertenecer al subgrupo A1 o contar con titulación universitaria.
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